Anagrafe - Inscripción A.I.R.E Acuerdo Italo-Argentino



Anagrafe
Información General
Inscripción al A.I.R.E.  – DERECHOS Y OBLIGACIONES

Quien debe inscribirse
Quien no debe inscribirse
Como inscribirse al AIRE
Términos para la inscripción
Actualización del AIRE – Cambio de domicilio
FAQ


Información General

Todos los ciudadanos italianos deben inscribirse en el “anagrafe” o registro de la población de una Comuna italiana. Los ciudadanos italianos residentes en Italia son inscriptos en el Anagrafe de la Población Residente (A.P.R.) de la Comuna italiana donde viven; los ciudadanos italianos residentes en el exterior se inscriben en el Anagrafe de los Italianos Residentes en el Exterior (A.I.R.E.) de la Comuna italiana de origen o de ultima residencia antes de emigrar.  
Inscripción al A.I.R.E.  – DERECHOS Y OBLIGACIONES

Además de ser obligatoria en el caso de residir en el exterior, la inscripción en el AIRE es necesaria para acceder a los servicios consulares  y ejercer el derecho al voto en el exterior.
 Quien debe inscribirse

-Los ciudadanos que planean residir en el exterior por un período mayor a 12 meses.
-Los ciudadanos italianos que hayan nacido y residido siempre fuera del territorio italiano.
-Las personas que adquieren la ciudadanía italiana en el exterior y residen fuera del territorio italiano.
Quien no debe inscribirse al AIRE

• Las personas que planean residir en el exterior por un periodo inferior a un año.
• Los trabajadores estacionales.
• Los empleados de planta del Estado en servicio en el exterior, acreditados ante las Autoridades locales de acuerdo con las Convenciones de Viena de 1961 y 1963 acerca de las relaciones diplomáticas y consulares.
• Los militares en servicio en las sedes y estructuras de la OTAN.
Como inscribirse al AIRE

La solicitud de inscripción al AIRE se presenta – para si mismo y para el núcleo familiar conviviente con ciudadanía italiana – a la Oficina Consular italiana del lugar de residencia.Para inscribirse en el AIRE, los ciudadanos italianos residentes en la circunscripción del Consulado General de Italia en Buenos Aires (link a la circunscripción), pueden:
-Presentarse personalmente en el Consulado, previa cita establecida en el “servizio anagrafe, provistos de documento de identidad valido con foto reconocible. Para acceder al servicio, podrá ser solicitado un comprobante de residencia (como DNI, aunque sea provisorio, certificado de domicilio o boleta de servicios).
O también:
Enviar por correo o por fax ( al numero  4114-4799) al Consulado el modelo de auto declaración (bajar modelo), firmado y con todos los datos requeridos completos, adjuntando fotocopia del documento de identidad donde conste la firma del declarante.
N.B. El ciudadano italiano que transfiere su residencia desde una Comuna italiana debe indicar la Comuna de última residencia y, si lo poseyera, presentar certificación de nacimiento y de matrimonio.
El ciudadano italiano que se transfiere desde otra Circunscripción Consular debe indicar el Consulado General, Consulado o Agencia Consular de proveniencia para poder solicitar “de oficio” la transmisión del legajo personal.
 
Inscripción de oficio – Por iniciativa del Consulado o de la Comuna, el ciudadano italiano que no haya hecho las debidas declaraciones, puede ser inscripto al AIRE de oficio una vez que la Administración tome acto de la residencia permanente del ciudadano en el exterior. El interesado será informado por medio de un acta administrativa de la Comuna que eventualmente podrá ser notificada por el Consulado correspondiente.
Todos los ciudadanos deben declarar al Consulado territorialmente competente el cambio de domicilio al exterior dentro de los 90 dias de la fecha de entrada al Pais de destino. De todos modos, es posible regularizar la propia situación de “Anagrafe” presentándose ante la Oficina Consular una vez transcurridos los 90 días obligatorios.
Actualización del AIRE – Cambio de domicilio

La actualización del AIRE es un deber y depende del ciudadano.
El interesado debe presentar ante la oficina consular correspondiente, dentro de un máximo de 90 días:
• Las actualizaciones del estado civil para la transcripción de las actas en Italia (matrimonios, nacimientos, divorcios etc. Para las modalidades ver estado civil)
• El cambio de la propia residencia y cualquier otra variación de situación (ciudadanía, título de estudio, profesión) con las mismas modalidades anteriormente mencionadas (personalmente con turno, o enviando por correo o por fax la declaración correspondiente con las actualizaciones y copia del documento de identidad donde conste la firma del declarante).


N.B. La falta de actualización de los datos, en particular la correspondiente al domicilio hace imposible el contacto con el ciudadano y la recepción de notificaciones o del  material electoral en caso de elecciones.



ACUERDO ITALO-ARGENTINO READQUISICION DE LA CIUDADANÍA ITALIANA


DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

DNI (de menos de 10 años de antigüedad) / CÉDULA DEL MERCOSUR (vigente)
.   ACTA DE NACIMIENTO ORIGINAL
      CERTIFICADO DE LA CÁMARA NACIONAL ELECTORAL (Sin Traducción)
      SENTENCIA DE NATURALIZACIÓN ARGENTINA
Se obtiene en el Tribunal en el cual se haya naturalizado. Original, traducido al italiano por traductor público.
    SENTENCIA DE ADHESIÓN AL ACUERDO DE DOBLE CIUDADANÍA - LEY 20588
*   Naturalizados antes del 12.9.1974: puede adherise al acuerdo.
*   Naturalizados después 12.9.1974: acuerdo contextual (adhesión en el momento de la naturalización).
Se tramita en el Tribunal en el que se haya naturalizado. Original, traducido al italiano por traductor público.
    ACTA DE MATRIMONIO Traducida al italiano original y fotocopia
. PASAPORTE ITALIANO (con el cual entró al país) en ORIGINAL y FOTOCOPIA


Si se naturalizó argentino después del 12.9.1974 SIN el acuerdo contextual puede recuperar la ciudadanía con un período de residencia en Italia.

Si al momento de la Naturalización argentina el interesado era menor de edad, la misma no tiene efecto.
Hasta el año 1975 la mayoría de edad se alcanzaba a los 21 años, después del 1975, a los 18 años.

INFORMACIÓN ÚTIL

Consolato Genérale d'ltalia
Reconquista 572 - Buenos Aires www.consbuenosaires.esteri.it Tel.: (001) 4114-4800   Fax: (001) 4114-4799/4703
Colegio de Traductores Públicos - Corrientes 1834 - www.traductores.org,ar Cámara Nacional Electoral - 25 de Mayo de 245 Buenos Aires- www.pin.gov.ar